Artículo 2 del Real Decreto Personal de Alta Dirección

Artículo 2. Fundamento

La relación laboral especial del personal de alta dirección se basa en la recíproca confianza de las partes, las cuales acomodarán el ejercicio de sus derechos y obligaciones a las exigencias de la buena fe.

art 2 rd 1382/85