¿Qué es la Renta Activa de Inserción (RAI)?

RAI

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda económica para los parados con necesidades económicas y dificultad para encontrar trabajo.

Queremos que conozcas todo lo relacionado con esta prestación de renta activa de inserción.

¿Quién puede ser beneficiario de la Renta Activa de Inserción?

Esta ayuda está destinada a 4 colectivos:

  1. Parados de larga duración mayores de 45 años.
  2. Emigrantes retornados mayores de 45 años.
  3. Víctimas de violencia de género o doméstica.
  4. Personas con discapacidad igual o superior al 33%.

Trabajadores que no tienen derecho a la Renta Activa de Inserción

No tienen derecho a la RAI los siguientes trabajadores:

  • Quienes estén ingresados en prisión, preventiva o penada, salvo que realicen  trabajos fuera del centro penitenciario y reúnan determinados requisitos.
  • Quienes perciban pensiones o prestaciones económicas de la SS (Seguridad Social), incompatibles con el trabajo.
  • Quién esté percibiendo otra ayuda social reconocida a las víctimas de violencia de género.

Requisitos para obtener la Renta Activa de Inserción

Hay que distinguir entre requisitos generales y requisitos específicos según a qué grupo pertenezca el beneficiario.

Requisitos generales para todos los beneficiarios

Para obtener la ayuda por reinserción social se deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo y mantener esta situación durante el tiempo en que se recibe la ayuda.
  2. Suscribir el compromiso de actividad. El beneficiario deberá comprometerse a buscar activamente trabajo, aceptar un empleo adecuado y participar en acciones de mejora para obtener un trabajo.
  3. El solicitante o beneficiario deberá ser menor de 65 años.
  4. Tener ingresos propios mensuales no superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  5. Que los ingresos de la unidad familiar no superen el 75% del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. La unidad familiar estará integrada por el beneficiario, el cónyuge, los hijos menores de 26 años, los hijos discapacitados o menores en acogida.
  6. No haber cobrado la RAI en los 365 días naturales anteriores a la fecha de la solicitud. Es decir, podrás solicitar una nueva ayuda por inserción social transcurridos 365 días naturales desde que dejaste de percibir la anterior. Este requisito no se exige si el beneficiario es discapacitado o víctima de violencia de género o doméstica.
  7. Solo se podrán cobrar tres Programas de Renta Activa de Inserción. Podrás solicitar la ayuda tres veces y siempre dejando transcurrir entre una solicitud y otra solicitud el plazo de 365 días naturales, salvo las excepciones indicadas.

Requisitos específicos

Según el colectivo al que pertenezcas se exigen, además de los que acabamos de comentar, los siguientes requisitos específicos:

Parados de larga duración

  • Tener 45 o más años de edad.
  • Haber cobrado anteriormente la prestación contributiva por desempleo o el subsidio por desempleo.
  • No tener derecho a otras prestaciones o subsidios de desempleo o renta agraria.
  • Estar inscrito ininterrumpidamente en la oficina de empleo como demandante de empleo durante 12 o más meses.
  • Dejar transcurrir 365 días naturales desde que se percibió la última RAI.
  • Acreditar en el Servicio Público de Empleo la realización de, al menos, tres acciones de búsqueda activa de empleo. Es decir, acreditar que te has inscrito en una agencia de colocación, en un portal de búsqueda de empleo, entrevistas de trabajo…

Personas emigrantes retornados

  • Tener 45 o más años de edad.
  • Estar inscrito como demandante de empleo, sin exigir periodo mínimo de inscripción.
  • No tener derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo.
  • Dejar transcurrir 365 días naturales desde que se percibió la última RAI.
  • Haber trabajado en el extranjero al menos 6 meses desde la última salida de España y haber vuelto en los 12 meses anteriores a la solicitud.

Víctimas de violencia de género o doméstica

  • Estar inscrito como demandante de empleo, sin exigir periodo mínimo inscripción
  • Deberán acreditar la condición de víctima de violencia de género o doméstica mediante certificación de la Administración competente.

Las víctimas de violencia de género o doméstica podrán solicitar la RAI durante 3 años seguidos, sin dejar periodo mínimo entre una solicitud y otra.

Personas con discapacidad

  • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Haber extinguido la prestación contributiva por desempleo o el subsidio por desempleo, salvo por sanción.
  • No tener derecho a otras prestaciones o subsidios de desempleo o renta agraria.
  • Estar inscrito ininterrumpidamente en la oficina de empleo como demandante de empleo durante 12 o más meses.
  • Acreditar en el Servicio Público de Empleo la realización de, al menos, tres acciones de búsqueda activa de empleo.

Las personas discapacitadas podrán solicitar la RAI durante 3 años seguidos, sin dejar un periodo mínimo entre una solicitud y otra.

Duración y cuantía de la RAI

Esta ayuda se concede durante 11 meses como máximo. La RAI se puede cobrar un máximo de 3 periodos.

La cuantía mensual de esta ayuda es el 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), es decir, 430 €. 

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