¿Me pueden reducir la jornada laboral sin mi consentimiento?
En general, la empresa no te puede forzar a reducir la jornada de trabajo. Sin embargo, vamos a ver que existen ocasiones en que la ley permite a la empresa tomar esta medida de forma obligatoria.
En este post explicamos en qué casos te puede forzar la empresa a reducir tu jornada.
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Consulta a un abogadoReducción de jornada forzosa por decisión de la empresa, ¿es posible?
Por regla general, la empresa no puede reducir unilateralmente la jornada de trabajo de su plantilla. Tengamos en cuenta que en estos casos podríamos estar ante dos tipos de escenarios:
- Que la persona trabajadora tenga un contrato de trabajo a tiempo completo. En este caso, la reducción de jornada implicaría cambiar unilateralmente el contrato de trabajo a tiempo completo por un contrato de trabajo a tiempo parcial. Sin embargo, esta potestad no puede ser unilateral para la empresa.
- Que la persona trabajadora tenga un contrato de trabajo a tiempo parcial. En este caso estaríamos ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, lo que daría derecho a la persona afectada a solicitar la extinción del contrato de trabajo cobrando una indemnización.
El contrato a tiempo parcial es una modalidad laboral que implica la prestación de servicios durante un número de horas inferior al establecido para la jornada ordinaria de un trabajador a tiempo completo comparable, ya sea diaria, semanal, mensual o anual.
En resumen, generalmente la empresa no puede forzarte a reducir tu jornada de trabajo. Sin embargo, existen algunas situaciones en que la empresa sí podrá reducir la jornada laboral de un trabajado de forma obligatoria y sin su consentimiento.
Básicamente, hablamos de situaciones en que concurren circunstancias relevantes que impiden a la empresa mantener la relación de trabajo a tiempo completo. Por ejemplo, cuando la empresa es insolvente y no va a poder pagar los salarios o cuando una mala situación económica la fuerza a adoptar medidas extintivas colectivas, siendo la reducción de la jornada una medida menos lesiva que el despido colectivo.
¿En qué casos pueden obligarme a una reducción de jornada?
Existen tres situaciones en que la empresa podría obligarte a reducir tu jornada de trabajo:
- La concurrencia de causas económicas, organizativas, técnicas o de la producción.
- La concurrencia de fuerza mayor.
- Las empresas en concurso de acreedores.
Como ves, las situaciones en que la empresa puede obligarte a reducir tu jornada de trabajo siempre tienen que ver con evitar medidas más lesivas.
A continuación analizamos cada una de ellas:
Causas económicas, organizativas, técnicas o de la producción
Cuando concurren causas económicas, organizativas, técnicas o productivas que afectan a cierto número de personas trabajadoras simultánea o sucesivamente, la empresa puede recurrir a los expedientes de regulación de empleo (ERE) o los expedientes temporales de regulación de empleo (ERTE).
Si las adaptaciones que tiene que realizar no afectan a muchas personas trabajadoras, podría recurrir al despido objetivo individual.
Un modo de evitar el ERE de extinción (o despido colectivo) es mediante la tramitación de un ERTE.
La clave del ERTE es que tiene un carácter temporal y trata de minimizar el impacto del estado negativo de la empresa sobre sus relaciones laborales. Entre las medidas a adoptar se puede incluir una reducción de entre el 10 % y el 70 % de la jornada de las personas afectadas. Por supuesto, esta reducción de la jornada conlleva una reducción proporcional del salario (aunque puede dar pie a que las personas afectadas cobren el paro por la parte de jornada reducida).
La empresa seguirá obligada a ingresar la totalidad de la cuota a la Seguridad Social. Gracias a ello, los derechos en materia de seguridad social de las personas afectadas no se verán perjudicados por la reducción de jornada derivada del ERTE.
Cabe recordar que otra de las medidas que se puede adoptar en el seno de un ERTE es la suspensión del contrato de trabajo. La suspensión del contrato no equivale a un despido, pero paralizará las obligaciones recíprocas de prestar trabajo y abonar salario. Básicamente, sería como una reducción del 100 % de la jornada de trabajo.
Causas de fuerza mayor
Los expedientes de regulación de empleo, sea en su vertiente temporal o en su vertiente permanente, también pueden iniciarse cuando concurren causas de fuerza mayor.
La diferencia con las causas económicas, organizativas, técnicas o de la producción es que estas pueden acreditarse de una forma objetiva, mientras que la fuerza mayor debe constatarse por la autoridad laboral.
En estos casos la empresa deberá solicitar a la autoridad laboral que determine que concurre fuerza mayor. Para ello, podrá utilizar la justificación que estime oportuna acompañada de los medios probatorios correspondientes y tendrá que invitar a los representantes legales de su plantilla a una negociación.
La autoridad laboral responderá en un plazo de 5 días, pidiendo para ello la intervención de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. En su resolución simplemente determinará si concurren causas de fuerza mayor o no, por lo que será la empresa quién deberá determinar los efectos de la regulación del empleo.
En este sentido se aplica lo que hemos explicado al respecto del ERTE por causa económica, organizativa, técnica o de la producción. Por tanto, la empresa te puede forzar a reducir tu jornada cuando así lo estime conveniente y la autoridad laboral haya determinado que concurren causas de fuerza mayor.
Concurso de acreedores
Otro escenario en que se puede dar una situación de reducción de jornada obligatoria es cuando la empresa se declara en concurso de acreedores.
El concurso de acreedores es el procedimiento judicial por el cual se procura que un deudor en situación de insolvencia haga frente, en la medida de sus posibilidades, a sus deudas. En función del número de acreedores y del importe de los créditos contra el deudor insolvente, el cobro de la totalidad de las deudas puede ser imposible.
Dada su situación de insolvencia, la empresa no puede pagar los salarios de su plantilla. Por tanto, es mejor reducir su jornada de trabajo que obligarles a prestar servicios sin cobrar.
En estos casos será el juez concursal quién determine los efectos del inicio y tramitación del procedimiento, por lo que habrá que atender a lo resuelto por este.
¿Puedo pedir una reducción de jornada como trabajador?
Por supuesto. La reducción de jornada es, en algunos casos, un derecho individual de las personas trabajadoras. Por tanto, el Estatuto de los Trabajadores recoge una serie de supuestos bajo los cuales tienes derecho a exigir una reducción de jornada.
La reducción de jornada es una medida de conciliación laboral y familiar reconocida por la legislación laboral que permite a las personas trabajadoras disminuir el tiempo dedicado a su actividad profesional, total o parcialmente, para atender circunstancias personales o familiares, y también puede deberse a causas empresariales o de fuerza mayor.
La duración de esta reducción y sus efectos sobre el salario y cotizaciones dependen de la causa de la misma. Tales causas suelen guardar relación con razones de conciliación de la vida personal, familiar y profesional.
En estas situaciones la empresa no puede denegar tal reducción. Es cierto que existen escenarios en que la empresa tendrá cierta potestad para bloquear o adaptar la reducción de jornada. Por ejemplo, cuando varias personas trabajadoras solicitan simultáneamente este derecho por la misma causa.
Conclusiones y recomendaciones finales
La pregunta de si me puede forzar la empresa a reducir mi jornada debe responderse negativamente en la mayoría de los casos. Pero ya hemos comprobado que existe en algunas situaciones en que la reducción de jornada tiene unos efectos menos nocivos que un despido.
Si consideras que tus derechos laborales se han visto afectados al tratar de forzarte la empresa a reducir tu jornada, lo más recomendable es que contactes con un abogado laboralista con experiencia en la materia.
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