En general, la empresa no te puede forzar a reducir la jornada de trabajo. Normalmente, esta decisión implicaría una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, qué está prohibida en el Estatuto de los Trabajadores y, por tanto, te habilita a abandonar la empresa cobrando una indemnización.
Sin embargo, vamos a ver que existen ocasiones en que la ley permite a la empresa tomar esta medida de forma obligatoria. Se trata de situaciones críticas, donde la reducción de jornada es preferible a la adopción de otras medidas como el despido.
Para ello lo más normal es que haya que gestionar un expediente de regulación de empleo. Veamos, pues, en qué casos te puede forzar la empresa a reducir tu jornada.
Reducción de jornada forzosa por decisión de la empresa, ¿es posible?
Por regla general, la empresa no puede reducir unilateralmente la jornada de trabajo de su plantilla. Tengamos en cuenta que en estos casos podríamos estar ante dos tipos de escenarios:
- Que la persona trabajadora tenga un contrato de trabajo a tiempo completo. En este caso, la reducción de jornada implicaría cambiar unilateralmente el contrato de trabajo a tiempo completo por un contrato de trabajo a tiempo parcial. Sin embargo, esta potestad no puede ser unilateral para la empresa.
- Que la persona trabajadora tenga un contrato de trabajo a tiempo parcial. En este caso estaríamos ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, lo que daría derecho a la persona afectada a solicitar la extinción del contrato de trabajo cobrando una indemnización.
En resumen, generalmente la empresa no puede forzarte a reducir tu jornada de trabajo. Sin embargo, existen algunas situaciones en que la empresa si podrá reducirte de forma obligatoria la jornada.
Básicamente, hablamos de situaciones en que concurren circunstancias relevantes que impiden a la empresa mantener la relación de trabajo a tiempo completo. Por ejemplo, cuando la empresa es insolvente y no va a poder pagar los salarios o cuando una mala situación económica la fuerza a adoptar medidas extintivas colectivas, siendo la reducción de la jornada una medida menos lesiva que el despido colectivo.
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Consulta a un abogado¿En qué casos pueden obligarme a una reducción de jornada?
Existen tres situaciones en que la empresa podría obligarte a reducir tu jornada de trabajo:
- La primera de ellas tiene que ver con la concurrencia de causas económicas, organizativas, técnicas o de la producción. Estas causas pueden dar pie a un despido objetivo. Además, si los despidos objetivos afectan a cierto número de personas trabajadoras simultánea o sucesivamente, podríamos estar ante un despido colectivo. Un modo de evitar el ERE es mediante la tramitación de un ERTE. El ERTE no es más qué una versión temporal y de alcance más reducido del expediente de regulación de empleo, qué trata de minimizar el impacto del estado negativo de la empresa sobre sus relaciones laborales.
- La segunda de ellas también puede dar pie a la tramitación de un ERE o un ERTE. Se trata de la concurrencia de fuerza mayor, y de nuevo estamos ante una situación en que la reducción de jornada se presenta como una opción menos grave que el despido de las personas afectadas.
- Por último, tenemos el caso de las empresas en concurso de acreedores. Dada su situación de insolvencia, la empresa no puede pagar los salarios de su plantilla. Por tanto, es mejor reducir su jornada de trabajo que obligarles a prestar servicios sin cobrar.
Como ves, las situaciones en que la empresa puede obligarte a reducir tu jornada de trabajo siempre tienen que ver con evitar medidas más lesivas, cómo exigirte horas de trabajo que tal vez no se puedan pagar, o despedirte.
La concurrencia de causas económicas, organizativas, técnicas o de la producción
Cuando concurren causas económicas, organizativas, técnicas o de la producción, la empresa puede recurrir a los expedientes de regulación de empleo (ERE) o los expedientes temporales de regulación de empleo (ERTE).
Si las adaptaciones que tiene que realizar no afectan a muchas personas trabajadoras, podría recurrir a la negociación individual o al despido objetivo.
La clave del ERTE es que tiene un carácter temporal, aunque no se establecen periodos mínimos ni máximos para la duración de las medidas adoptadas. Entre las medidas a adoptar se puede incluir una reducción de entre el 10% y el 70% de la jornada de las personas afectadas. Por supuesto, esta reducción de la jornada conlleva una reducción proporcional del salario, aunque puede dar bien a que las personas afectadas cobren el paro por la parte de jornada reducida.
La empresa seguirá obligada a ingresar la totalidad de la cuota a la Seguridad Social. Gracias a ello, los derechos en materia de seguridad social de las personas afectadas no se verán perjudicados por la reducción de jornada derivada del ERTE.
Cabe recordar que otra de las medidas que se puede adoptar en el seno de un ERTE es la suspensión del contrato de trabajo. La suspensión del contrato no equivale a un despido, pero paralizará las obligaciones recíprocas de prestar trabajo y abonar salario. Básicamente, sería como una reducción del 100% de la jornada de trabajo.
Las causas de fuerza mayor
Los expedientes de regulación de empleo, sea en su vertiente temporal o en su vertiente permanente, también pueden iniciarse cuando concurren causas de fuerza mayor.
La diferencia con las causas económicas, organizativas, técnicas o de la producción es que estas pueden acreditarse de una forma objetiva, mientras que la fuerza mayor debe constatarse por la autoridad laboral.
En estos casos la empresa deberá solicitar a la autoridad laboral que determine que concurre fuerza mayor. Para ello, podrá utilizar la justificación que estime oportuna acompañada de los medios probatorios correspondientes y tendrá que invitar a los representantes legales de su plantilla a una negociación.
La autoridad laboral responderá en un plazo de 5 días, pidiendo para ello la intervención de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. En su resolución simplemente determinará si concurren causas de fuerza mayor o no, por lo que será la empresa quién deberá determinar los efectos de la regulación del empleo.
En este sentido se aplica lo que hemos explicado al respecto del ERTE por causa económica, organizativa, técnica o de la producción. Por tanto, la empresa te puede forzar a reducir tu jornada cuando así lo estime conveniente y la autoridad laboral haya determinado que concurren causas de fuerza mayor.
Las empresas en concurso de acreedores
Otro escenario en que se puede dar una situación de reducción de jornada obligatoria es cuando la empresa se declara en concurso de acreedores.
En estos casos será el juez concursal quién determine los efectos del inicio y tramitación del procedimiento, por lo que habrá que atender a lo resuelto por este.
¿Puedo pedir una reducción de jornada como trabajador?
Por supuesto. La reducción de jornada es, en algunos casos, un derecho individual de las personas trabajadoras. Por tanto, el Estatuto de los Trabajadores recoge una serie de supuestos bajo los cuales tienes derecho a exigir una reducción de jornada.
La duración de esta reducción y sus efectos sobre el salario y cotizaciones dependen de la causa de la misma. Tales causas suelen guardar relación con razones de conciliación de la vida personal, familiar y profesional.
Recuerda que, en materia de derecho del trabajo, una de las fuentes más importantes es la negociación, tanto individual como colectiva. Esto significa que los convenios colectivos pueden complementar al estatuto de los trabajadores en materia de reducción de jornada.
Pero también implica que siempre tendrás la posibilidad de negociar una reducción de jornada con tu empresa. En estos casos, los efectos de tal reducción serán los pactados por medio de la negociación, que generalmente se manifestarán o bien en el contrato de trabajo o bien en un documento que recoja la voluntad de las partes.
¿Qué pasa si pido una reducción de jornada y la empresa me la deniega?
Como hemos indicado, hay algunos casos en que el Estatuto de los Trabajadores establece la reducción de jornada como un derecho individual de las personas trabajadoras. En estas situaciones la empresa no puede denegar tal reducción.
Sí, es cierto existen escenarios en que la empresa tendrá cierta potestad para bloquear o adaptar la reducción de jornada. Por ejemplo, cuando varias personas trabajadoras solicitan simultáneamente este derecho por la misma causa. Este es un caso frecuente, que puede darse cuando dos personas trabajadoras de la misma empresa tienen un hijo en común.
Al margen de estos escenarios, la persona trabajadora siempre va a poder presentar una demanda en defensa de sus derechos laborales. Para ello sería recomendable contar con la asistencia de un abogado laboralista con experiencia en reducciones de jornada.
¿Me pueden despedir por pedir una reducción de jornada?
En principio, la empresa no puede despedirte por pedir una reducción de jornada. Esta no es una causa recogida en el Estatuto de los Trabajadores, por lo que daría pie a un despido improcedente.
La situación es todavía más grave si la causa por la que ha solicitado tu reducción de jornada está recogida en el Estatuto de los Trabajadores. Así, podríamos estar ante un despido nulo si la empresa te despide por exigir una reducción de jornada debido a alguna de las causas protegidas, como la maternidad, la paternidad o el cuidado de familiares.
En todos estos casos convendría que presentaras una demanda por despido para iniciar el procedimiento de impugnación, que es el orientado a determinar si estamos ante un despido procedente, improcedente o nulo.
Como ya hemos anticipado, no puede ser procedente un despido basado en la solicitud de una reducción de jornada. Dependiendo de la causa de la misma estaremos ante un despido improcedente o uno nulo.
Conclusiones
La pregunta de si me puede forzar la empresa a reducir mi jornada debe responderse negativamente en la mayoría de los casos. Pero ya hemos comprobado que existe en algunas situaciones en que la reducción de jornada tiene unos efectos menos nocivos que un despido.
Estamos en situaciones de insolvencia de la empresa o que justifican la necesidad de adoptar medidas laborales colectivas, tramitadas por medio del ERE o del ERTE. En estos casos la empresa si podría forzarte a aceptar una reducción de jornada, salvo que quieras causar baja voluntaria. En el resto de situaciones estaremos ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Si consideras que tus derechos laborales se han visto afectados al tratar de forzarte la empresa a reducir tu jornada, lo más recomendable es que contactes con un abogado laboralista con experiencia en la materia.
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