Cómo redactar y entregar una carta de despido

Carta de despido

Redactar una carta de despido es una tarea fácil, aunque es importante que tenga un contenido mínimo para su validez.

Si vas a despedir a un trabajador o eres un trabajador despedido, a través de este artículo vas a conocer:

  • ¿Qué es y cómo redactar una carta de despido?
  • ¿Qué documentos debo presentar para acreditar las causas del despido?
  • ¿Cómo comunicar al trabajador una carta de despido?

¿Qué es una carta de despido?

La carta de despido es un documento que el empresario está obligado a entregar al trabajador comunicando que va a ser despedido.

En definitiva, se trata de poner en conocimiento del trabajador la decisión de la empresa de despedirlo, la fecha del despido y la causa que lo motiva.

Se trata, por tanto, de un documento importante en el proceso de despido, ya que si el empresario no redacta la carta de despido, podrá ser declarado improcedente.

Dada su importancia, la carta de despido debe contener una serie de datos mínimos, que te indicamos a continuación.

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¿Cómo redacto la carta de despido?

Es importante que la redacción de la carta de despido sea clara y concisa para que el trabajador entienda porqué se le va a despedir.

Al redactar la carta de despido deberás hacer referencia, como mínimo, a los siguientes datos:

Lugar y fecha

El lugar y la fecha se redactan, generalmente, en la parte superior derecha de la carta.

Saludo

A continuación, la carta de despido deberá contener un saludo cordial.

Texto o cuerpo de la carta de despido

Esta es la parte más importante de la carta y en la que deberás prestar más atención. En el cuerpo de la carta de despido deberás indicar de forma clara y concisa:

Las causas del despido:

  • Despido objetivo: por ejemplo: ineptitud del trabajador posterior a la colocación, falta de adaptación al puesto de trabajo, causas técnicas, económicas, organizativas, etc. En este caso, tienes la obligación de:
    • Dar un preaviso al trabajador de 15 días. Es decir, entregar al trabajador la carta de despido con 15 días de antelación a la fecha en la que dejará de trabajar.
    • Poner a disposición del trabajador una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
  • Despido disciplinario, por ejemplo, faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad, indisciplina o desobediencia, embriaguez o toxicomanía del trabajador... En este supuesto, no hay preaviso de 15 días, ni indemnización (salvo que, posteriormente, el despido sea declarado judicialmente improcedente o nulo).

La fecha del despido: Tanto en el despido objetivo como en el disciplinario, deberás indicar en la carta, el día a partir del cual el trabajador no deberá acudir al trabajo.

La indicación de la fecha es relevante a los efectos del plazo que tiene el trabajador para reclamar judicialmente, en caso de desacuerdo con el despido.

Despedida y firma

La carta finaliza con una despedida cordial y amistosa. Además, deberá constar la firma del empresario.

¿Tengo que acreditar en la carta de despido las causas?

No. En el momento de entregar la carta de despido al trabajador no tienes que acreditar nada.

Ahora bien, si el trabajador no está conforme con el despido e inicia la vía judicial, sí deberá acreditar ante el Juez, los motivos del despido.

¿Cómo hago la entrega de la carta de despido?

La carta de despido y su entrega al trabajador es un requisito imprescindible en un proceso de despido. Por tanto, para poder demostrar que has entregado la carta de despido, podrás utilizar dos formas:

1.- Entrega en mano al trabajador

Pueden darse 3 escenarios:

  • Firma del trabajador de la carta de despido. El hecho de que el trabajador firme la carta de despido no significa que esté de acuerdo, solo acredita que ha recibido la carta.
  • Firma del trabajador indicando “No conforme”. Si el trabajador no está de acuerdo con alguno de los datos indicados en la fecha podrá firmar e indicar “no conforme”.
  • Negativa del trabajador a firmar la carta de despido. Es conveniente que intervengan dos testigos que firmen la carta indicando que el trabajador no ha querido firmar.

Ninguno de los tres escenarios perjudica, ni beneficia, a la empresa o al trabajador.

2.- Envío de la carta de despido mediante burofax con acuse de recibo y certificado de contenido

Si el trabajador se niega a recibir la carta, la empresa queda eximida de su obligación de entregar la carta de despido.

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